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REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Cómo obtener el informe de vivienda adecuada

Prepara la acreditación de alojamiento para reagrupar a tu familia.

¿Quién emite el informe?

Los servicios sociales autonómicos competentes, o el ayuntamiento si la comunidad lo delega (art. 67.2).
Solicítalo donde vives y conserva el registro fechado. Localiza el servicio en el trámite oficial.

Si el informe se retrasa

Debe emitirse y notificarse en un mes (art. 67.2).
Acreditado el retraso, aporta prueba sustitutiva admitida en Derecho y el registro de solicitud. Debe cubrir todos los extremos de vivienda, no solo el alquiler.

Qué debe constar

Título de ocupación, habitaciones y uso, habitantes, habitabilidad y equipamiento.
El título puede ser tuyo o de un familiar conviviente admitido; no necesitas ser propietario.

Qué hacer

Pide el informe con margen para presentar pruebas vigentes.

Pasos

  1. Solicita el informe y guarda el registro.
  2. Acredita título de ocupación, habitaciones, habitantes y habitabilidad.
  3. Comprueba antigüedad máxima de seis meses al presentar.

RD 1155/2024, art. 67.2: emisión/notificación en un mes; prueba sustitutiva tras retraso acreditado; extremos obligatorios; antigüedad máxima de seis meses.

Verificado: 2026-10-12Próxima revisión: 2027-01-10
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