Solicitud de familiar de estudiante — ¿dónde presento?
Elige tu procedimiento desde el extranjero o desde estancia legal en España. El visado familiar tramita también la autorización.
¿Necesito antes la reagrupación ordinaria?
No. Fuera de España solicitas el visado de familiar de estudiante en tu consulado; la solicitud tramita también la autorización.
No empieces con el EX-02 del reagrupante ordinario.
¿Puedo presentar desde España?
Puedes presentar una solicitud elegible estando legalmente en España, conforme a los artículos 54 y 56.
Comprueba tu plazo de presentación y los 90 días restantes del principal; estar en España no basta.
Plazo desde España
El artículo 54.3 exige presentar al menos dos meses antes de expirar tu situación legal.
El 56.4 remite a ese procedimiento. La solicitud inicial válida prorroga tu situación legal hasta la resolución; guarda tu propio resguardo.
Pruebas y pagos
El artículo 56.3 regula vínculo, medios familiares, seguro y requisitos penales/de orden público.
Usa el formulario y pago oficiales vigentes; la matrícula personal del estudiante no sustituye tu prueba de parentesco.
Qué hacer
Elige el canal según tu situación legal y el permiso principal.
Lleva
- Pasaporte vigente
- Permiso principal y estudios/formación sanitaria elegibles
- Prueba del vínculo
- Medios familiares y seguro
- Antecedentes cuando lo exijan edad y duración
- Estancia legal y fechas aplicables si presentas en España
Pasos
- Lee categoría y caducidad en la resolución principal.
- Fuera: selecciona tu consulado español competente y sus instrucciones de visado familiar.
- En España: descarga EX-00 y sigue el trámite de Extranjería de Hoja 1.
- Presenta tu solicitud familiar con las pruebas exigidas y guarda el resguardo.
- Sigue tu propio expediente y resolución, no solo la aprobación del estudiante.
Base
El artículo 56.4 remite visados al 36 y autorizaciones en España al 54. El 56.1 y 56.3 regulan vigencia restante y pruebas familiares.