TIE Hoy
FAMILIA DE ESPAÑOLES

Estado de residencia de familiar español — ¿qué significa la espera?

Interpreta la autorización inicial pendiente, separada del visado consular y de la fabricación de la tarjeta.

¿Dos meses esperando equivalen a concesión?

No. El artículo 97.6 fija dos meses y silencio negativo.
Normalmente cuenta desde la presentación; si ambos estabais fuera, desde que Extranjería recibe la comunicación consular.
Consulta el estado y tus notificaciones formales.

¿Puedes trabajar mientras esperas?

En una solicitud interior del 97.1(c), puedes residir y trabajar provisionalmente tras la admisión, si tienes edad laboral.
Excepción: inadmisión o denegación anterior del mismo tipo con hechos sustancialmente idénticos.
Presentar no basta; la denegación termina el trabajo provisional.

Prueba del trabajo provisional

La comunicación de inicio debe indicar que estás autorizado provisionalmente a trabajar (97.5).
Se aplica al supuesto interior 97.1(c), no a un visado solicitado fuera. Si trabajas por cuenta ajena, comunica inmediatamente a tu empleador el resultado notificado.

Lee la notificación formal

El correo o SMS es un aviso, no la resolución.
Si elegiste o debes usar notificación electrónica, el acceso la practica; tras 10 días naturales sin acceder se entiende rechazada (Ley 39/2015, 43).

Requerimientos y resultados negativos

El requerimiento de esta vía fija un máximo de 15 días según el 97.6; no responder puede causar desistimiento y archivo.
El silencio negativo no concede residencia. Revisa el expediente y el recurso correspondiente al acto; puede llegar una resolución posterior.

Concesión: siguiente paso correcto

Solicitud interior: pide personalmente la TIE en un mes desde la notificación (97.7).
Familiar español aquí y tú fuera: pide visado en un mes desde la notificación a ese familiar (41.2). Ambos fuera: sigue el expediente consular (41.3).
Tras entrar, pide TIE en un mes (97.7).

Qué hacer

Distingue presentación, admisión y resolución; conserva la prueba de cada fase.

Lleva

  • Justificante fechado
  • Comunicación de admisión para trabajar provisionalmente
  • Notificaciones y fechas de acceso
  • Prueba de entrega de la subsanación

Pasos

  1. Guarda el justificante fechado y la comunicación de admisión o inicio de tramitación.
  2. Consulta el estado de Extranjería; no sustituye la notificación formal.
  3. Abre las notificaciones en DEHú o en el canal indicado en tu justificante.
  4. Responde al requerimiento en su plazo y canal; guarda la entrega.
  5. Tras la concesión, sigue la rama de tarjeta interior o visado consular indicada abajo.

97.5: admisión inicia trabajo provisional; denegación lo termina. 97.6: dos meses de silencio negativo, desde comunicación consular si procede. Ley 39/2015, 43: acceso o rechazo del aviso a 10 días.

Verificado: 2026-10-11Próxima revisión: 2027-01-10
Consultar el estado en Extranjería
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