Solicitud EX24 — ¿dónde la presentas como familiar de español?
Presenta la autorización inicial según tu vínculo y la ubicación real de ambos.
¿Quién presenta la solicitud EX24?
Persona española en España y tú fuera: presenta ella en Extranjería de su provincia.
Ambos en España: cualquiera puede presentar para las letras 94.1(a–h).
Ambos fuera: solicitas el visado en el consulado español competente.
¿La solicitud de autorización tiene tasa?
No: el artículo 97.8 establece su gratuidad.
La tasa posterior de la tarjeta física es otro pago.
Descarga EX24 y marca la autorización inicial.
Elige dónde presentar
Persona española en España y tú fuera: Extranjería de su provincia; tras la concesión, pides visado consular.
Ambos en España y 94.1(a–h): cualquiera presenta en la oficina de residencia actual o prevista.
Persona española fuera y tú en España: pide primero el procedimiento aplicable; no marques automáticamente un caso interior.
Prueba tu categoría
Ascendientes: dependencia y falta de apoyo familiar en origen, o motivos humanitarios.
Otros familiares 94.1(i): dependencia, convivencia, grado de parentesco y, si procede, salud grave o discapacidad. Esta letra no entra en el 97.1(c).
Para documentos públicos extranjeros, comprueba traducción y autenticación aplicables en las instrucciones oficiales.
Solicitud interior: documentos adicionales
Para 97.1(c), el 97.4 aplica también el artículo 38, salvo (b) y (h).
Aporta certificado médico según 38(i). Si tienes edad penal, acredita no tener antecedentes relevantes en los países donde residiste los últimos cinco años (38(e)).
En supuestos del artículo 20 TFUE, los antecedentes requieren valoración individual; no causan denegación automática.
Después de presentar
El requerimiento fija su plazo: no superior a 15 días según el 97.6. No responder puede causar desistimiento y archivo.
Concesión interior: solicita personalmente la TIE en un mes desde la notificación; desde fuera, en un mes desde la entrada (97.7).
Qué hacer
Identifica al solicitante y la autoridad antes de firmar EX24.
Lleva
- EX24 firmado por solicitante o representante válido
- Copia completa del pasaporte vigente; interior 97.4: vigencia mínima de un año
- Pasaporte español o DNI vigente
- Vínculo; edad, cuidados o dependencia cuando proceda
- Cónyuge/pareja: declaración de la persona española de no convivir en España con otro cónyuge o pareja
- Interior: certificado médico y antecedentes, si tienes edad penal, de los países de residencia de los últimos cinco años
Pasos
- Completa la autorización inicial del EX24 oficial.
- Reúne identidad, vínculo y pruebas de tu categoría.
- Presenta en Extranjería de la provincia competente para tu caso interior o iniciado por el familiar español.
- Si ambos estáis fuera, localiza tu consulado por residencia en Exteriores y pide el trámite de visado de familiar español.
- Guarda el justificante fechado y abre cada notificación formal.
Base
El 96 exige identidad y vínculo. El 97.2–4 fija solicitante y oficina según ubicaciones; el 97.8 hace gratuita la autorización. La tasa de tarjeta es distinta.