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ANTES DE SOLICITAR

Arraigo en España: qué vía te corresponde

El arraigo no es una única solicitud. Tu situación, permanencia, vínculos, empleo o formación determinan la vía.

¿Qué tipo de arraigo puedo solicitar?

Depende de tu situación real. Revisa si encajas en segunda oportunidad, sociolaboral, social, familiar o socioformativo antes de reunir documentos.

¿Qué diferencia hay entre arraigo social y sociolaboral?

El sociolaboral se basa en contratos de trabajo; el social, en vínculos o informe de integración y medios económicos. No son intercambiables.

Qué hacer

Elige la vía antes de pedir cita.

Pasos

  1. Identifica tu situación
  2. Compara requisitos
  3. Reúne pruebas
  4. Revisa documentos
  5. Presenta la vía correcta

Arts. 125 a 127 del Reglamento de Extranjería.

Verificado: 2026-10-21Próxima revisión: 2027-01-19

¿Puedo elegir arraigo social si tengo una oferta de trabajo?

Solo si cumples la vía social y acreditas medios, vínculos o informe de integración. Una oferta no convierte automáticamente la solicitud en arraigo sociolaboral.

¿Necesito antecedentes penales para todas las vías de arraigo?

Sí, salvo que Extranjería indique una excepción concreta. Aporta certificados de los países donde residiste los cinco años previos, legalizados y traducidos si procede.

¿El informe de integración sustituye a los vínculos familiares?

Puede acreditar la integración en la vía social cuando no aportas vínculos familiares suficientes. Lo emite la comunidad autónoma o ayuntamiento competente tras valorar tu caso.

¿Puedo solicitar arraigo de segunda oportunidad si tuve una denegación?

No basta una denegación. Debe haber existido una autorización de residencia previa y comprobarse que su extinción o no renovación encaja en los requisitos de esa vía.

Cómo acreditar tiempo en España
Arraigo sociolaboral→

official:BOE-A-2024-24099

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