Entrada de familiar UE — ¿necesito visado?
Comprueba tu nacionalidad y la categoría de tu tarjeta antes de viajar para acompañar o reunirte con el ciudadano.
¿Necesito visado?
Solo si tu nacionalidad lo exige y no te cubre una exención aplicable.
Una tarjeta de familiar UE válida puede eximirte al acompañar o reunirte con el ciudadano.
Un permiso de residencia ordinario no equivale automáticamente a esa tarjeta.
¿Dónde lo solicito?
Abre el directorio de consulados españoles y elige el competente por tu residencia.
El visado de entrada familiar UE es gratuito y preferente si cumples el régimen.
No es la vía ordinaria de autorización EX-02 previa.
Después de entrar
Solicita la tarjeta española en los tres meses desde la entrada, según el artículo 8.
Conserva la prueba de entrada: visado de entrada y solicitud de tarjeta son tareas distintas.
Qué hacer
Comprueba el permiso de entrada antes de reservar el viaje.
Lleva
- Pasaporte vigente
- Tarjeta habilitante, si invocas exención
- Prueba del vínculo
- Prueba de acompañar o reunirte con el ciudadano
Pasos
- Comprueba el requisito de visado y la categoría exacta de tu tarjeta.
- Prepara la prueba de acompañar o reunirte con el ciudadano.
- Solicita el visado necesario en tu consulado competente.
- Lleva pasaporte, vínculo y prueba del viaje o residencia del ciudadano.
Base
El artículo 4 regula entrada, visado, exención por tarjeta y gratuidad/preferencia; el artículo 8 regula la tarjeta posterior.