Arraigo denegado o caducado: qué hacer ahora
Revisa tu resolución, identifica el plazo aplicable y valora la siguiente vía para tu caso.
¿Puedo volver a solicitar arraigo si me denegaron?
Sí. No hay límite de intentos. Puedes presentar una nueva solicitud corrigiendo el motivo de denegación. Si fue por documentación incompleta, subsana y vuelve a presentar. Si fue por no cumplir el tiempo, espera a cumplirlo. La resolución de denegación indica el motivo exacto.
¿Qué hago si se me ha caducado el arraigo y no renové?
Si caducó hace menos de 90 días, puedes solicitar la renovación fuera de plazo alegando justa causa. Si pasaron más de 90 días, pierdes la autorización y necesitas un nuevo arraigo o encontrar otra vía (reagrupación familiar, arraigo familiar si procede).
Conclusión
El arraigo de segunda oportunidad es una vía nueva (reforma 2024) diseñada para personas que tuvieron autorización de residencia en España y la perdieron por caducidad. Permite volver a la situación regular acreditando integración, sin empezar desde cero con los requisitos de otras vías de arraigo.
Requisitos legales (Art. 124.5 Reglamento)
Tres condiciones:
1. Haber sido titular de una autorización de residencia o estancia en España que se extinguió.
2. No haber abandonado el territorio de forma definitiva — la intención de permanencia debe ser demostrable.
3. Acreditar elementos de integración: conocimiento del idioma, vínculos familiares, participación comunitaria, formación realizada, o arraigo demostrable.
Cuándo aplica
Se dirige a quienes perdieron su autorización por no renovar a tiempo o por caducidad sin solicitud de renovación. No es aplicable si la autorización fue revocada por expediente sancionador o si se dictó resolución de expulsión. La reforma busca evitar que personas ya integradas tengan que recurrir al arraigo social (3 años) cuando ya habían estado en situación regular.
Documentación
Formulario de solicitud, pasaporte vigente, prueba de la autorización anterior (copia de la TIE caducada, resolución favorable anterior, o vida laboral que acredite alta en Seguridad Social), certificado de empadronamiento actual, antecedentes penales, evidencia de integración (informe de arraigo, escolarización de hijos, contrato, formación), y tasa 790-052.
Resultado
Si se concede, obtienes una autorización de residencia y trabajo de un año, renovable en las condiciones generales. La ventaja frente al arraigo social o sociolaboral es que no necesitas acreditar un mínimo de años de permanencia desde la pérdida de la autorización — el tiempo acumulado antes cuenta.
Qué hacer
Lee la resolución de denegación: el motivo determina si recurrir o volver a solicitar.
Pasos
- Lee el motivo exacto de denegación en la resolución
- Valora recurso de alzada (1 mes) o contencioso (2 meses)
- Si no recurres: corrige el defecto y presenta nueva solicitud
- Si caducó <90 días: solicita renovación fuera de plazo
- Si caducó >90 días: evalúa nueva vía de arraigo
Base
Ley 39/2015 art. 122: recurso de alzada en 1 mes. Renovación extemporánea: art. 135 RD 1155/2024.
Más preguntas
¿Me pueden expulsar mientras recurro?
El recurso de alzada suspende la ejecución de la orden de salida. Mientras esté pendiente, no procede la expulsión por esta causa.
Más guías
Arraigo social→Arraigo familiar→official:https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-24099